Resolución de 16 de enero de 2017, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se convocan pruebas para la obtención de certificados de las enseñanzas de régimen especial de alemán, árabe, español como lengua extranjera, francés e inglés de las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y Melilla.
Podrán presentarse a las pruebas de certificado los alumnos en régimen de enseñanza libre y los alumnos oficiales matriculados en el último curso de los niveles básico, intermedio o avanzado, ya sea en la modalidad presencial o a distancia, que deseen obtener certificación en los respectivos idiomas y niveles impartidos en las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla durante el presente curso académico.
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Aldadis no ve razonable el punto 3 del Artículo Tercero. Requisitos para realizar las pruebas.en el que se indica que: No podrán presentarse a las pruebas de un idioma aquellas personas que ostenten la nacionalidad de un país en el que dicho idioma sea lengua oficial, o cuando dicho idioma sea la lengua de su escolarización ordinaria. Ya que esta resolución va en contra de una normativa de rango superior como la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.